lunes, 13 de junio de 2011

Policitica Comercial en RD

1. ÁMBITO DE LA POLÍTICA COMERCIAL: ANTES Y DESPUÉS DE LOS TLCS
El ámbito de la política comercial engloba:
a) El movimiento de bienes y servicios a nivel internacional
b) Las prácticas conducentes a normar el comercio exterior del país (barreras arancelarias y no arancelarias).
c) Régimen de inversión extranjera
d) Ordenamiento institucional
e) Medidas para apoyar el desarrollo de capacidades competitivas y en el acceso a mercados externos vía las negociaciones comerciales.
1.1 Antes de los TLCs
Antes de la Ronda Uruguay las cuestiones fundamentes y únicas en el ámbito de la política comercial eran:
Comercio de bienes a nivel internacional (exportaciones, importaciones)
Valoración aduanera,
Clasificación arancelaria,
Licencias de importación,
Normas de origen,
Inspección previa a la expedición,
Salvaguardia,
Protección a la balanza de pagos.
Antes de que el país fuera compromisario de la Organización Internacional del Comercio la política comercial se fundamentaba en el proteccionismo mediante barreras arancelarias, por un lado, y por otro lado en la obtención de algún tipo de preferencia unilateral para colocar productos en los mercados internacionales, específicamente en Estados Unidos. Los ingresos fiscales provenientes de los impuestos al comercio exterior constituían la principal fuentes de ingresos del gobierno.
1.2 Después de los TLCs
A partir de los noventas, sin embargo, con la negociación de la Ronda Uruguay, los países acordaron incluir en la agenda comercial una serie de temas en adición a las cuestiones meramente comerciales, los cuales estaban relacionados con las posibilidades de desarrollo del país.
Estas tendencias fueron reforzadas cuando el 1 de enero de 1994 entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que introducía nuevas y más profundas disciplinas comerciales que superaban las acordadas en la propia OMC. El NAFTA/TLCAN se ha convertido en el modelo, arrastrando los demás acuerdos comerciales, sobre todo, aquellos negociados entre los países que están más directamente bajo influencia política y económica de los EEUU; además ha orientado en parte los avances en la OMC.
En esencia, el orden mundial de comercio ha adoptado la forma y el contenido para un tamaño único de economía y nivel de desarrollo, desconociendo las diferencias e imponiendo una agenda que beneficiaba principalmente a los países desarrollados. Este régimen comercial internacional de tamaño único determina las “oportunidades para beneficiarse del comercio” mientras que la política económica y comercial determina las condiciones necesarias con que cada país hace uso del comercio para respaldar el desarrollo a largo plazo.
En ese orden, “no se puede ni se debe culpar al sistema vigente si los países no han conseguido formular medidas adecuadas, pero sí se le puede y se le debe hacer responsable de restringir las posibilidades y las oportunidades de los gobiernos, o de encauzarlas en direcciones inadecuadas. Aunque es indiscutible la necesidad de un régimen multilateral de comercio basado en normas justas, la cuestión principal estriba en saber si ese régimen permite que los países en desarrollo arbitren medidas que promuevan el desarrollo humano”. En otras palabras, la pregunta necesaria es hasta que punto el nuevo orden comercial y la agenda para un tamaño y nivel de desarrollo únicos permite a los países en desarrollo hacer una política económica y comercial que mejore el desarrollo humano a través del comercio.
Entre los nuevos temas incluidos en la agenda comercial se pueden señalar los siguientes: la propiedad intelectual, servicios, inversiones, compras gubernamentales, y políticas de competencia, con lo cual se redefinen los objetivos de la política comercial en un país en desarrollo, que dependiendo de su estrategia para mejorar la capacidad competitiva y el bienestar de la población, deberán ahora defender la facultad de los gobiernos para tomar medidas que en diferentes circunstancias han acompañado el despegue del desarrollo en varios países en la últimas décadas.
Las políticas que se derivaban de esas facultades ya no son compatibles con las nuevas normativas comerciales establecidas por los organismos multilaterales de comercio. Estas nuevas normativas fueron y son mayoritariamente promovidas en el marco de la agenda de los países desarrollados y aceptadas por los países en desarrollo debido a la correlación de fuerzas internacionales, aún a sabiendas que muchas de esas disciplinas impedirán implementar adecuadas políticas de progreso. En efecto, si un país en desarrollo quisiera replicar las acciones que aplicaron los países del sudeste asiático en la segunda mitad del siglo XX, encontrarán que las disciplinas comerciales aprobadas en la OMC se lo prohíben.
2. POLÍTICA COMERCIAL EN RD
2.1 Marco de la Política Comercial
La política comercial de la República Dominicana tiene como objetivos estimular la eficiencia de la economía reduciendo el nivel de protección, contrarrestando toda tendencia contraria a las exportaciones en la estructura arancelaria e impulsando la cooperación económica regional.
La Republica Dominicana otorga prioridad al programa de comercio multilateral. Es miembro fundador de la OMC y participa activamente en la Ronda de Doha para el Desarrollo. Ha presentado numerosas notificaciones a la OMC, aunque lleva retraso en algunas. Ha participado como parte demandada en tres casos de solución de diferencia en la OMC, y como tercero en otros tantos, no ha participado como reclamante en ningún caso.
La Republica Dominicana ha liberalizado su régimen comercial en forma selectiva, a través de acuerdos preferenciales.
2.2 Etapas de la Política Comercial:
El diseño de la política comercial ha estado disperso en varias instancias. El diseño se ha estructurado en torno a las reformas arancelarias y a las negociaciones comerciales que se desarrollaron a lo largo de la década de los noventas.
Según la Constitución Dominicana (Articulo 55.6) el Presidente es el responsable de las negociaciones, mientras que el Congreso aprueba. En la ejecución de esos acuerdos no hay ningún artículo de la Constitución que establezca la superioridad de los acuerdos internacionales sobre las leyes nacionales, sin embargo, la jurisprudencia ha establecido que los acuerdos internacionales prevalecen sobre las leyes nacionales y pueden invocarse ante los tribunales del país. (OMC, 2002).
Al momento de iniciar las negociaciones con la CARICOM y con Centroamérica, el país no contaba con un marco institucional que estableciera responsabilidad en las negociaciones y no había negociadores. Además todo el tema de la política comercial era difuso. Esta debilidad es enmendada en parte cuando se crea la Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales en febrero de 1997, constituida por las principales instituciones públicas relevantes al tema y “se le encarga negociar los acuerdos comerciales” con asiento en la Secretaria de Relaciones Exteriores. Inmediatamente se presentaron tensiones interinstitucionales con la Secretaría de Industria y Comercio, quien asumió el liderato de las negociaciones en el ALCA y con Centroamérica mientras que las negociaciones con CARICOM las coordinaba la Cancillería. Las negociaciones en la OMC eran responsabilidad del Secretariado Técnico de Presidencia, quien además fue designado el punto focal para las negociaciones de servicios.
La SEIC se apoyó en el argumento de que quienes negociaban en el ALCA eran los ministros responsables de las negociaciones comerciales y que según la ley orgánica de la institución se le asignaba la responsabilidad de formular la política comercial del país, siendo de hecho quien representó al país en la Reunión Ministerial del ALCA en Denver de 1995. La ley orgánica de la SEIC fue redactada en el año de 1966 y sus funciones de política comercial fueron definidas en el marco de las políticas proteccionistas que correspondían a la estrategia de sustitución de importaciones y por lo tanto, no reflejan las nuevas realidades de la globalización y la apertura.
Frente a esta incipiente disputa, la Cancillería estableció que su ámbito de responsabilidad se limitaba a las negociaciones y no tenía nada que ver con la política comercial interna. En la práctica, se fue perfilando una estructura institucional donde la política comercial estaba constituida por dos componentes claramente diferenciados: el componente interno y el componente externo de negociaciones.
En 1999, el gobierno decide unificar las negociaciones en la Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales (CNNC), por frente (OMC, ALCA, ACP-UE) y por tema, dentro del marco internacional de la propuesta de Alianza Estratégica con Centroamérica y con la CARICOM. Con ello se pretende unificar el mandato de negociación, a fin de garantizar la coherencia, evitar duplicación de esfuerzos, mejorar la eficacia y eficiencia.
La CNNC queda así constituida como el eje institucional de las negociaciones con las funciones de identificar claramente los intereses nacionales de negociación, con amplio mandato (en frentes y temas), garantizando equilibrio entre los diversos intereses nacionales, además de velar para que las entidades competentes diseñen y ejecuten las reformas internas con la debida anticipación, previsión y gradualidad, para minimizar los costos de transición de la apertura. El Decreto 74-99 contiene también mandatos específicos para la revisión de Lomé IV y para las posiciones en la OMC.
Si bien con este decreto se le daba fuerza al mecanismo colegiado, el personal técnico estaba disperso en varias Secretarías de Estado y dejaba latente el tema de las rivalidades interinstitucionales, de las personalidades de los altos funcionarios, y hacía vulnerable a la CNNC a los constantes cambios de personal en todos los niveles.
Con la entrada del nuevo gobierno en agosto del 2000, se crea la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. Anteriormente, había un embajador con rango de Subsecretario de Estado. El decreto (702-00 del 4 de septiembre del 2002) reitera los términos del Decreto 74-99 que unifica en la CNNC todas las negociaciones bilaterales, multilaterales y regionales. La nueva Subsecretaría empieza a montar un equipo técnico y se apoyaba en personal disperso en varias instituciones del gobierno. Desgraciadamente, es una tradición en la cultura administrativa pública dominicana que en los cambios de gobierno, el entrante “barre” con la burocracia del anterior sin tomar en cuenta la capacidad técnica y las habilidades adquiridas, mientras que los sustitutos tienen como requisito básico haber participado en la campaña electoral y no la idoneidad profesional. Así con algunas excepciones se empezaba de cero a armar nuevamente un equipo y una dirección de las negociaciones comerciales, teniéndose que pagar un costo de aprendizaje que toma de uno a dos años.
Por otra parte las tensiones entre la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y la de Industria y Comercio vuelven hacerse presente y en octubre de 2000 se emite un nuevo decreto (No. 1067-00), mediante el cual se le transfiere las negociaciones del ALCA a la Secretaría de Industria y Comercio. Mediante otro decreto del 23 de enero de 2001 (No. 123-010 crea un nuevo mecanismo, la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CONACEX), que aunque no menciona directamente al CNNC, tiene las mismas funciones. De esta manera se vuele a aguijonear la institucionalidad de las negociaciones en perjuicio de los intereses dominicanos.
Desde un enfoque histórico, la política comercial en la República Dominicana ha atravesado varias etapas.
a. Primero, durante el periodo en donde predominaban las exportaciones de bienes primarios (azúcar, café, cacao y tabaco) la política comercial se limitaba a conseguir la cuota azucarera en los EEUU y a lograr acceso (básicamente a EEUU) a través de preferencias comerciales unilaterales mientras que en lo interno existía un régimen proteccionista para una incipiente industria de sustitución de importaciones y que se traducía en elevados y dispersos aranceles y diversas restricciones a las importaciones, entre otras medidas.
Tampoco hubo una política para la integración regional. Para esa época la República Dominicana era un país aislado, sin vínculos económicos o políticos con los demás países de la región Centroamérica y el Caribe, limitando la política exterior a manejar las tensiones fronterizas con Haití, a apoyar las políticas norteamericanas en el marco de la Guerra Fría, mientras que la agenda bilateral se limitaba a la cooperación técnica, financiera y militar.
b. Segundo, durante el período de la reestructuración de los ingresos de divisas (1980-1990) la política comercial en lo interno y externo tuvo un impacto muy reducido en el aumento de las exportaciones de bienes, a excepción de la liberalización del régimen cambiario que estuvo asociada a una política de ajuste macroeconómico más que a una política comercial, pero que creó una fuente de competitividad espuria. Durante estos años se inició el desarrollo de las zonas francas y el turismo. El desarrollo de las zonas francas disfrutó de unas condiciones de acceso al mercado de EEUU otorgadas unilateralmente que operaba en los hechos bajo la Ley de Say (la oferta creaba su propia demanda), acompañadas de un régimen cuotas amparado en el Acuerdo Multifibra que discriminaba contra potenciales competidores de productos provenientes de países fuera de la Cuenca del Caribe, mientras que por el lado de la demanda, se creó un régimen de incentivos que eventualmente, durante la Ronda Uruguay, iban a ser proscritos y solamente mantenido temporalmente bajo ciertas condiciones que ya fueron sobrepasadas por la economía dominicana.
El desarrollo del turismo, por su lado, disfrutó también de un régimen de incentivos, de la liberalización cambiaria y de amplias inversiones del Estado en infraestructura que garantizaron una elevada rentabilidad relativa. En lo interno, se mantuvo un régimen comercial cónsono con la sustitución de importaciones. Podríamos decir que la década de los ochenta, fue el periodo donde se inicio la reestructuración de los ingresos de divisas sin reformas comerciales ni estructurales.
c. Tercero, a partir de 1990 se inicia un proceso de reformas que iban dirigidas a la apertura comercial y a corregir el “sesgo antiexportador”, que si bien condujeron hacia una reestructuración de la economía en materia de liberalización y privatización, no han conducido a una expansión de las exportaciones de bienes en condiciones de “mercado”.
d. Cuarto, en la segunda mitad de los noventas se una inicia política comercial activa, resultado de los cambios del proceso de globalización. La República Dominicana como la mayoría de los países del hemisferio y del mundo, ha entrado a una vertiginosa dinámica internacional en extremo compleja y diversa, cuyo eje central es el proceso de globalización.
Desde finales de la década del ochenta, el perfil político y económico del mundo ha cambiado: la caída del muro de Berlín y la reunificación de Alemania, la disolución de la Unión Soviética y la supremacía de una sola potencia, la firma del Tratado de Maastrich creando la Unión Europea, la finalización de la Ronda Uruguay del GATT y el surgimiento de la OMC, la cumbre de Las Américas y el lanzamiento del ALCA. Simultáneamente en 1994 se eliminó las restricciones para el uso comercial del Internet y 1995 fue el año del gran “boom” del uso de este instrumento, desatando toda una nueva cultura basada en redes, en nuevas tecnologías de la comunicación, modificando la cultura de hacer negocios, la forma de organizar la producción y la actividad económica en el mundo. La tasa de crecimiento de la productividad se acelera en los países desarrollados y el uso intensivo de la tecnología se convierte en la fuente de la competitividad; los mercados financieros se disparan y se interconectan superando con creces el comercio mundial de bienes. El conjunto de estos eventos ha redefinido la arquitectura económica, política y cultural del mundo convirtiéndola en la “aldea global”.
Al mismo tiempo se fue desarrollando una nueva superestructura institucional que ha venido condicionando la dinámica económica interna de los países (la producción, el consumo, la distribución del ingreso y las inversiones). En efecto, los resultados de la Ronda Uruguay y la aparición de la OMC en 1995, junto con el proceso ALCA iniciado en ese mismo año, y la formación de la Unión Europea en 1992, han creado un entorno donde los países se ven impulsados a ampliar su espacio económico a través de los acuerdos comerciales con el propósito de mejorar su capacidad de negociación o de lograr un mejor acceso a los mercados.
No es casual que de los 172 acuerdos notificados a la OMC a junio del 2002 y que están vigentes, el 19% es anterior a 1990 y el 61% se ha registrado entre 1995 y 2002. Si se toman en cuenta los no notificados, la cuenta se eleva a 243. La OMC estima que 87 acuerdos regionales más estarán vigentes para 2007.
Este fenómeno mundial ejerció una presión sobre la República Dominicana conduciendo a que en la segunda mitad de la década de los noventas iniciara negociaciones con la CARICOM y con los países centroamericanos. Por otra parte, la entrada de la República Dominicana junto con Haití al grupo de Lomé en 1990, obligó por primera vez al país a tener que entrar en contacto y coordinar posiciones con 70 países de África, el Caribe y el Pacífico, introduciéndolo de repente al escenario regional caribeño a través del CARIFORO. Es en este marco mundial, hemisférico y regional que la República Dominicana se ve impulsada a definir una estrategia de inserción internacional que responda a las nuevas circunstancias. En resumen, a partir de la segunda mitad de los noventa, la política comercial se ha caracterizado por ser agresiva en las negociaciones comerciales, en el marco de una amplia participación de la sociedad civil, pretendiendo la RD ser un ente de acercamiento entre Centroamérica y la CARICOM, mientras que el plano multilateral.
En lo interno se hacían las adecuaciones que resultaron de los compromisos derivados de la Ronda Uruguay y se introducían un conjunto de leyes de reforma inspiradas en el Consenso de Washington. A pesar del dinamismo en las negociaciones y de las privatizaciones y la apertura de la economía domestica, el nivel de las exportaciones nacionales seguía estancado, aunque se modificaba su estructura.
e. Finalmente, hay una quinta etapa iniciada a principios del 2002, cuando el sector textilero de las zonas francas se siente amenazado por una eventual negociación comercial bilateral entre Centroamérica y los EEUU, lo cual impulsa un gran activismo en materia de negociaciones comerciales, abandonando los escenarios multilaterales. A partir de esa fecha los intereses de zonas francas subordinan los intereses de los demás sectores productivos del país. Se modificó la posición negociadora en el ALCA, desde una postura activa en procura de construir consensos y alianzas regionales para lograr un trato especial y diferenciado para economías pequeñas y de bajos ingresos, a una posición pasiva, de muy bajo perfil que busca mínimos niveles de confrontación con los Estados Unidos, además de hacer innumerables concesiones en el plano de la política internacional. El objetivo explícito de ese cambio ha sido que los procesos de negociación en el ALCA no socaven la posibilidad de un acuerdo bilateral con los Estados Unidos. Estos esfuerzos han obtenido como respuesta que en agosto del 2003, el gobierno de los EEUU notificara al Congreso la intención de incorporar a la RD a las negociaciones del CAFTA en una adhesión como muy poco margen de negociación.
2.3 Resumen de las Medidas de Política Comercial después de los TLCs.
La política comercial de la República Dominicana se encuentra en un proceso continuo de liberalización económica. Los acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales de la República Dominicana han aumentado el acceso de las exportaciones del país a otros mercados y viceversa. El resultado ha sido reducir los costos de los insumos para la producción destinada al mercado local y las exportaciones y ha aumentado la variedad, calidad y el acceso a mejores precios para los consumidores nacionales. Esta política de apertura se refleja en una alta participación de las exportaciones e importaciones de bienes y servicios no-factoriales en el PIB, que durante el período 2002-2010 representaron alrededor de 74%.
El sector exportador exhibió un crecimiento dinámico durante el período. Las exportaciones de bienes aumentaron de US$5,165.0 millones en el 2002 a US$6,598.1 en el 2010. Asimismo, las exportaciones de servicios pasaron de US$3,070.7 en el 2002 millones a US$ 5,073.0 en el 2010. Un aspecto a destacar es el crecimiento notable de las exportaciones nacionales de bienes, que aumentaron a una tasa anual de 20.0% durante el período, entre las cuales se citan las manufacturas y los productos alimenticios.
Las exportaciones dominicanas se encuentran ampliamente diversificadas y abarcan varias áreas de la actividad económica. Entre los sectores de mayor importancia por su participación en las exportaciones totales se encuentran las prendas y accesorios de vestir (24.8%), instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, veterinaria, joyería y calzados (22%), productos alimenticios como el azúcar, cacao, banano y tabaco (13.8 por ciento), maquinarias y material de transporte (10.4%) en el 2008. Asimismo, la economía dominicana es un líder en las exportaciones de servicios turísticos, servicios inmobiliarios y tráfico telefónico.
En una economía abierta, orientada al comercio exterior, las importaciones de bienes finales, insumos y maquinarias amplían las posibilidades de producción y consumo en la economía de forma eficiente. Las importaciones de bienes crecieron a una tasa media anual de 12% desde el último Examen de Política Comercial. Las principales importaciones nacionales de bienes se concentran en los rubros de maquinarias y rubros de transporte (24.5% de las importaciones nacionales), productos químicos (9.6%), petróleo (30%) y productos alimenticios (11.6 %.
En el período 2002-2010, el déficit de la balanza comercial del país promedió US$5,362.8 millones. Sin embargo, la balanza de servicios exhibió un superávit promedio de US$2,630.8 millones, principalmente por la expansión de las exportaciones de servicios turísticos. El déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos promedio US$1,547.9 millones, durante el referido período y en el 2010 ascendió a US$4,434.9 millones.
Aranceles
La República Dominicana ha continuado el proceso de liberalización mediante la reducción de aranceles de manera unilateral y a través de los acuerdos comerciales. En ese sentido se observa que la media simple de los aranceles NMF disminuyó del 8.6% en 2002 al 7.4% en 2008, mientras la media del arancel efectivo disminuyó significativamente entre 2002 y 2008, de 9.4% a 5.3%.
La proporción de las líneas arancelarias que reciben trato de franquicia arancelaria pasó del 13.4 al 54.5%, como consecuencia del acuerdo DR-CAFTA y la disposición del gobierno dominicano de extender ese mismo trato arancelario de manera generalizada al resto del mundo. Esto refleja la eliminación de los aranceles aplicados a un número importante de insumos y bienes de capital, que tiende a reducir los costos de los insumos que requieren los productores nacionales que dirigen su producción al mercado local y a elevar la competitividad de los exportadores.
La disminución de la media del arancel aplicado se produjo principalmente por esa reducción a cero en el 2007 de los tipos arancelarios aplicados a unas 2,903 líneas arancelarias, que previamente habían estado sujetas a tipos del 3 y 8%. Actualmente, las líneas arancelarias NMF con tasa cero ascienden a 3.804. Esta reducción arancelaria muestra no solo el interés de disminuir la protección efectiva en algunos casos, sino de garantizar una capacidad competitiva externa a sectores generadores de productos potencialmente exportables.
Procedimientos aduaneros:
La modernización aduanera iniciada durante este periodo para facilitar el comercio y hacerlo más previsible se mantiene como uno de los principales instrumentos para lograr que la República Dominicana se convierta en un centro estratégico regional de captación de inversiones productivas de bienes y servicios y de estímulo para la realización de actividades comerciales dirigidas a los mercados externos.
Los avances que desde el 2002 se destacan con mayor relevancia son:
a. Eliminación de la factura consular;
b. Introducción de la Declaración Única Aduanera (DUA) que sustituye el formulario Único de Exportación N° 3256 y el Formulario de Declaración de Importación N°3480;
c. Transmisión electrónica de la declaración y demás documentos a la Dirección General de Aduanas; pago electrónico de impuestos;
d. Reducción del tiempo de despacho;
e. Establecimiento de la fiscalización con posterioridad al despacho de las mercancías; e
f. Instalación y puesta en funcionamiento de un centro regional de capacitación aduanera, con el aval de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
En el orden institucional, se promulgó una ley que otorga autonomía presupuestal a la Dirección General de Aduanas (DGA), así como diversos decretos y resoluciones que rigen aspectos importantes y específicos del proceso aduanero, con lo que se ha generado una mayor fluidez y reducción de tiempo en las operaciones de despacho de mercancías y en la seguridad que exigen los agentes económicos involucrados. Igualmente, se han alcanzado progresos significativos en las siguientes áreas: (i) aplicación de instrumentos de transparencia para facilitar el comercio; (ii) aplicación de tecnologías de la información; (iii) establecimiento de facilidades relacionadas con importación temporal; (iv) desarrollo de programas para la gestión de riesgo; (v) certificaciones de origen en línea; (vi) reglamentación de despacho de envíos urgentes, verificación por rayos X; (vii) interconexión de la DGA con otras instituciones públicas, entre otras acciones; y, (viii) modificación de la tasa por servicios aduaneros. Este proceso pretende profundizar y expandir las actividades de facilitación comercial a nivel nacional e internacional, para lograr más y mejores oportunidades de negocios.
En octubre de 2005, la República Dominicana y los Estados Unidos firmaron un Acuerdo de Asistencia Mutua Aduanera, que permite a los funcionarios de aduanas de ambos países intercambiar información y documentos con objeto de evitar diversos actos ilícitos. El acuerdo sienta las bases para la cooperación y la investigación en áreas tales como el contrabando y otras formas de fraude comercial, el lavado de dinero y la seguridad. En estos aspectos, el gobierno dominicano manifiesta su disposición de realizar acuerdos de este tipo con sus principales socios comerciales.
Facilitación del comercio:
En el plano multilateral, la República Dominicana ha apoyado activamente las negociaciones sobre facilitación del comercio, debido a la importancia que tiene para sus exportadores e importadores contar con procedimientos transfronterizos regulares, simples, equitativos, transparentes y eficaces, que permitan aprovechar al máximo las oportunidades que crea la apertura comercial. En la actualidad el país se encuentra en proceso de conformar un Comité Nacional de Facilitación del Comercio.
El Sistema Integrado de Ventanilla Única de Comercio Exterior (SIVUCEX), establecido mediante el Decreto 248-98 y puesto en marcha el 3 de octubre del 2005, se creó con el objetivo de simplificar, agilizar y centralizar los trámites de exportación con las instituciones públicas participantes en el proceso. Consiste en la centralización de la documentación y procedimientos en un portal web y el formulario DUA. La introducción del SIVUCEX debe impulsar la competitividad nacional por medio de una reducción de tiempo y de costos operacionales.
Normas de origen:
La República Dominicana aplica normas de origen en el marco de los acuerdos comerciales que ha firmado con la CARICOM, Centroamérica (MCCA), Panamá y el DR-CAFTA. Asimismo, los compromisos asumidos con el Acuerdo de Asociación Económica (EPA) establecen normas de origen que serán aplicadas a partir de la entrada en vigencia de ese acuerdo. En tal sentido, el gobierno ha notificado a la OMC las normas de origen preferenciales de sus TLC con CARICOM y Centroamérica y está pendiente de hacer lo mismo en los casos del DR-CAFTA y Panamá.
Un aspecto importante de los compromisos en materia de origen es la plena acumulación contemplada en el marco del EPA. También, el DR-CAFTA contiene disposiciones que permiten a los exportadores de confecciones textiles acumular con proveedores de México y Canadá. La República Dominicana considera que el principio de la acumulación debe ser extendido a otros productos y al universo de países con los cuales los socios comerciales del país tienen, a su vez, acuerdos de libre comercio.
Producto de la implementación del DR-CAFTA, la República Dominicana ha realizado cambios sustanciales en los procedimientos de Certificación de Origen para las Partes del Acuerdo. Específicamente, se eliminó la certificación emitida por el gobierno y se traspasó esta responsabilidad al exportador, importador o productor de las mercancías. En este sentido, para agilizar las transacciones con nuestros principales socios comerciales, las autoridades dominicanas consideran que la extensión de este mecanismo a otros acuerdos comerciales contribuiría a simplificar los procedimientos de expedición de las certificaciones de origen.
Obstáculos Técnicos al Comercio:
La República Dominicana ha logrado avances en materia de obstáculos técnicos al comercio, entre los cuales destaca el establecimiento del Comité Nacional para la Aplicación del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el año 2006. Este Comité da seguimiento a la aplicación y administración del Acuerdo OTC de la OMC y recomienda las medidas y los procesos más adecuados, en el marco de sus compromisos multilaterales y regionales. Se han adoptado iniciativas con miras a fortalecer la institucionalidad relativa al tema de OTC, así como para notificar oportuna y adecuadamente a los socios comerciales. No obstante, el país reconoce que sigue enfrentando limitaciones en esta área, sobre todo en cuanto al marco institucional y personal capacitado.
Medidas comerciales especiales:
Desde el último EPC, la República Dominicana no ha adoptado medidas antidumping, compensatorias o de salvaguardia. Actualmente, se está estableciendo el marco institucional necesario para su aplicación, mediante el establecimiento de la Ley 01-02, que crea la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales de Comercio y Medidas de Salvaguardia y, por ende, la implementación de la legislación acompañante. Los Comisionados fueron designados por el Decreto 43-08 del 23 de febrero del 2008 y ratificados por el Congreso Nacional.
Compras del Sector Público:
La República Dominicana también ha realizado importantes transformaciones en esta área, con la adopción de una nueva legislación sobre Compras Gubernamentales, mediante la Ley 340-06, modificada por la 446-06. Este marco jurídico, que moderniza los procedimientos de contratación pública, a la vez que promueve la transparencia y garantiza procedimientos de impugnación, anula toda discriminación entre productos/servicios o proveedores en función de la nacionalidad. Su única limitación es el requisito de asociación con proveedores locales.
Esta nueva política ha permitido perfeccionar el sistema de compras gubernamentales, debido a que facilita la participación de las empresas en las contrataciones del sector público y cuenta con mecanismos transparentes de información. Entre estos se destacan la publicación, en los portales web de cada institución y los diarios de circulación nacional, de las licitaciones, procesos de adquisición y concesión de bienes, servicios y obras públicas. Además, se ha puesto en marcha un registro único de proveedores de bienes, servicios, obras y concesiones, con lo que se evita que cada institución tenga un registro particular. En adición, se ha creado y puesto en marcha el portal www.comprasdominica.gov.do, mediante el cual los proveedores y toda la ciudadanía pueden dar seguimiento a los procesos y conocer los resultados de las impugnaciones, así como cualquier información relacionada con esta materia o esa institución.
Propiedad Intelectual:
La República Dominicana reconoce los derechos de propiedad intelectual como una herramienta esencial para facilitar la actividad y el crecimiento económico. La sólida estructura jurídica adoptada a partir del año 2000 en materia de Propiedad Industrial y Derechos de Autor ha creado el entorno propicio a las actividades relacionadas. También los compromisos asumidos en materia de propiedad industrial y derechos de autor van más allá de las obligaciones contenidas en el ADPIC. Estas iniciativas han permitido reducir los fraudes relativos a la piratería y convertir la República Dominicana en un entorno seguro para todas las operaciones empresariales de esta naturaleza.
Política de Competencia:
La política de competencia está consignada en el Artículo 217 de la Constitución de la República Dominicana, donde se consagra la libertad competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participación y solidaridad.. No obstante, para definir el marco legal de esta política, en enero del 2008 se aprobó la Ley General sobre Defensa de la Competencia N° 42-08, con el objetivo de promover el ordenamiento de los mercados. El Gobierno dominicano persigue que la ley referida promueva una mayor eficiencia e innovación en el mercado doméstico y contribuya a un aumento en la calidad de vida de la población del país.
La República Dominicana adoptó una nueva legislación sobre Defensa al Consumidor en septiembre 2005, mediante la cual se garantiza la equidad y la seguridad jurídica entre proveedores y consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean públicos o privados, nacionales o extranjeros. Esta ley tiene como objetivo eliminar prácticas discriminatorias o abusivas que puedan estar contenidas en leyes sectoriales.
Política Sectoral
Sector Agropecuario:
La política comercial agrícola de la República Dominicana está condicionada por los compromisos asumidos en los distintos acuerdos comerciales, tanto a nivel multilateral (es decir, el Acuerdo de Agricultura en la Ronda de Uruguay) como bilateral y regional, como son los casos del TLC con Centroamérica y CARICOM, con Centroamérica y Estados Unidos (DR-CAFTA) y con la Unión Europea AAE.
Para la mayoría de los productos provenientes de este sector, los precios agrícolas se definen en un escenario de libre mercado. Sólo en casos específicos o por razones coyunturales asociadas con la seguridad alimentaria del país, como el paso de un huracán o las recientes alzas mundiales para ciertos productos, se fijan precios al productor. La intervención del gobierno en el mercado local refleja estas condiciones y se concentra en algunos rubros básicos de la canasta familiar.
Durante el período bajo examen, el Estado ha desarrollado diversos programas de apoyo con el fin de mejorar la productividad y competitividad del sector, tanto en el mercado interno como en el externo. Los programas de apoyo se orientan también a asegurar la calidad e inocuidad de los productos agropecuarios, mediante el fortalecimiento de todas aquellas instituciones, organismos y mecanismos para la aplicación de las medidas sanitarias, fitosanitarias y de inocuidad agroalimentaria.
La República Dominicana ha logrado importantes avances en materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), que incluyen el establecimiento del Comité Nacional para la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en el año 2005. Dicho Comité es responsable del seguimiento, aplicación y administración del Acuerdo MSF de la OMC, de recomendar las medidas y los procesos más adecuados en el marco de sus compromisos multilaterales y regionales. Su labor ha contribuido a mejorar la cantidad y calidad de los análisis de riesgo que se están llevando a cabo. No obstante, el país sigue enfrentando limitaciones en esta área y, por lo tanto, se han adoptado iniciativas con miras a fortalecer la institucionalidad relativa al tema de MSF, así como para notificar oportuna y adecuadamente a los socios comerciales.
Zonas Francas:
El sector zonas francas contribuye de manera significativa a la economía dominicana, a través de la creación de empleo, generación de divisas y transferencia de tecnología. A finales de 2007, operaban un total de 52 parques de zonas francas, los cuales albergaban 530 empresas y empleaban a 128.000 trabajadores. Asimismo, las zonas francas generaron exportaciones por un valor de US$4.563 millones de dólares (63% de las exportaciones de bienes). Las exportaciones de zonas francas se encuentran ampliamente distribuidas en varios sectores de la actividad económica, como son confecciones textiles y calzado, electrónica, joyería, manufactura de tabaco, productos médicos y farmacéuticos y servicios. Estas últimas cuatro representaron el 54% de la inversión extranjera directa en el 2005.
La Republica Dominicana ha notificado las subvenciones otorgadas a las exportaciones bajo el régimen de zonas francas y solicitó una prórroga hasta el año 2007 para eliminar las prácticas incompatibles con los compromisos multilaterales. En el 2007 solicitó el mantenimiento de la prórroga y acordó eliminar las subvenciones a las exportaciones a más tardar en el año 2015. En el 2007 permitió a las empresas de zonas francas vender en el mercado nacional productos de las industrias textiles, de prendas de vestir y del calzado. Ese mismo año, algunos de los beneficios fiscales que disfrutaban esas ramas industriales instaladas en zonas francas se hicieron extensivos a las empresas de dichas ramas ubicadas fuera del régimen de zonas francas. Siguen vigentes otras concesiones fiscales otorgadas a exportadores fuera de las zonas francas con el fin de eliminar el sesgo contrario a la exportación creado por el régimen fiscal, pero parece que su utilización en la práctica ha sido muy poco frecuente .A partir de 2001, los incentivos al régimen especial de las zonas francas manufactureras se mantienen al amparo de las prórrogas concedidas por la Organización Mundial del Comercio a un grupo de países en desarrollo. La República Dominicana reconoce que las subvenciones otorgadas no pueden constituir una estructura permanente para estos países. Sin embargo, un posible desmantelamiento de estos subsidios hace vulnerables a determinados países frente a otros para los cuales no se prevé la eliminación de este sistema de subvenciones, y, por lo tanto, para este grupo de países el referido tema seguirá siendo tratado a nivel multilateral.
Servicios:
El sector servicios es de gran importancia para el desarrollo de la economía dominicana como generador de empleo, motor de crecimiento y fuente de divisas: representa el 52% del PIB y el 60% del empleo correspondiente a la población económicamente activa. Solo el sector turismo generó alrededor de un tercio de las exportaciones de bienes y servicios. Durante el periodo 2002-06, la República Dominicana ha apoyado la apertura de los sectores de servicios en el plano multilateral y ha orientado sus esfuerzos de política a fortalecer el marco jurídico interno y las reglas consignadas en el AGCS.
Los Acuerdos de Libre Comercio con la CARICOM y Centroamérica contenían textos jurídicos relativos a servicios, pero en ninguno de ellos las partes establecieron listas de compromiso. Posteriormente, con la entrada en vigencia del DR-CAFTA, los compromisos relativos a servicios fueron extendidos a los demás miembros del Acuerdo. Lo mismo se produjo en AAE entre la Comunidad Europea y la CARIFORO con la diferencia de que existen plazos para la implementación de los compromisos.
La República Dominicana mantiene una política de apertura en el sector servicios, que se ha plasmado, en el caso del sector telecomunicaciones, en un importante crecimiento y participación de la inversión extranjera. Esto ha conducido al incremento sustancial de la tele densidad y la disminución de las tarifas de los servicios públicos de telecomunicaciones, como resultado de una mayor competencia en el mercado de las telecomunicaciones. La misma política se aplica a los sectores financiero, bancario, transporte aéreo y turismo, entre otros.
Asimismo, la República Dominicana busca una mayor apertura multilateral en los compromisos que se asumen ante la OMC para ampliar su comercio en sectores dinámicos de los servicios, en los que tiene especial interés, como son aquellos relacionados con el turismo, el movimiento de personas físicas, construcción, la informática, los servicios de distribución, entre otros. En ese aspecto, además, en el marco de su política comercial, el gobierno dominicano procura incorporar también en las negociaciones de sus tratados bilaterales y regionales una amplia oferta de liberalización sectorial de múltiples aspectos vinculados al flujo de comercio de los servicios.
El sector eléctrico continúa en una profunda crisis y superarla es uno de los principales desafíos económicos de la República Dominicana. Se han adoptado medida para reducir el robo de la electricidad y el Estado trata de renegociar los contratos suscritos entre los distribuidores y generadores de energía eléctrica. Se dictó un ley con el objetivo de aumentar la producción nacional de energía eléctrica de fuentes alternativas, cuyos incentivos están condicionados al uso de insumos nacionales. La ley prohíbe también la importación de biocombustibles cuando la producción permite satisfacer la demanda.
La Republica Dominicana contrajo compromisos en 60 de los 160 sectores que abarca el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicio (AGCS). También suscribió los protocolos sobre servicios financieros y telecomunicaciones anexos al AGCS.
El sector telecomunicaciones recibe importantes flujos de inversión extranjera. No existen restricciones a la inversión extranjera salvo en el caso de los servicios públicos de radiodifusión, para los cuales se exige al menos un 51% de capital dominicano.
El sector financiero se ha recuperado de la grave crisis que afectó al país durante los años 2003—2004. Los indicadores prudenciales han mejorado significativamente, como consecuencia de adopción de medidas para fortalecer e régimen de supervisión.
Las empresas de seguros extrajeras no pueden establecer sucursales en las Republica Dominicana, restricción cuya eliminación está prevista para ser eliminada en 2011.
La República Dominicana modernizó el marco legal del sector transporte aéreo en 2006. Aplica 31 instrumentos bilaterales de transporte aéreo, muchos de los cuales otorgar el derecho de transportar pasajeros entre el país interlocutor y un tercer país para vuelos cuyo origen o destino es República Dominicana. Solamente las empresas con un 51% de capital nacional y bajo control efectivo de ciudadanos dominicanos pueden prestar servicios de transporte aéreo de cabotaje. La participación extranjera en empresas dominicanas que ofrecen servicios aéreos internacionales está limitada al 65%
Los servicios de transportes marítimos internacional son suministrados por operadores extranjeros. Aunque el servicio de transporte marítimo de cabotaje está reservado en principio a las embarcaciones de bandera dominicana se autorizan embarcaciones extranjeras de manera proporcional.
La República Dominica impone varias restricciones al ejercicio profesional de los extranjeros en ciertas áreas de la contaduría, los servicios legales y la arquitectura e ingeniería. Pare ejercer la profesión en actividades consideradas de riesgo, tanto los profesionales nacionales como extranjeros deben obtener un permiso (exequatur), los extranjeros deben convalidarlos.
No existen restricciones para la inversión extranjera en el sector turismo. Las agencias de viajes y los operadores de turismo extranjero no pueden suministrar servicios fuera su frontera a menos que cuenten con un representante local. Los inversores en ciertos proyectos turísticos reciben incentivos, tales como exoneraciones de impuestos a la importación y sobre la renta, que están condicionados a la contrataciones de profesionales dominicanos.
Inversión Extranjera:
La República Dominicana considera que la política de atracción de la inversión extranjera directa (IED) es un elemento clave de su estrategia de inserción competitiva en la economía internacional. Durante 2007 logró atraer 1.698 millones de dólares de IED, el nivel más alto alcanzado en toda la historia del país.
En el 2003 se promulgó la Ley 98-03 que estableció el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), como el organismo oficial responsable de promover las inversiones nacionales y extrajeras en el país. Sus principales funciones son la de mejorar el clima de inversión y proporcionar al inversionista orientación e información para la consecución de sus objetivos de negocios. En virtud de dicha ley se traspasaron al CEI-RD todas las funciones relativas al registro de la inversión extranjera que hasta entonces había sido responsabilidad del Banco Central.
La ley de Inversión Extranjera de 1995 (Ley N° 16-95) permite la inversión en todos los sectores de la economía, salvo en aquellas actividades que afecten la salud pública y el equilibrio del medio ambiente del país. La inversión extranjera disfruta de los mismos recursos procesales que posee el inversionista local. Además, en la negociación de los Acuerdos sobre Protección y Promoción Recíprocas de Inversiones se establecen otras instancias alternativas, como la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) y el Mecanismo Complementario del CIADI.
Con objeto de evitar la doble tributación, la República Dominicana tiene un acuerdo firmado con Canadá, y a principios de 2008, se encontraba en proceso de intercambio de propuestas con otros países.
El Gobierno de la República Dominicana actualmente realiza esfuerzos para atraer inversión extranjera a sectores estratégicos, tales como la industria electrónica, el sector de dispositivos médicos, los servicios basados en la tecnología de información, el turismo y minería. Esta estrategia de política de desarrollo de las inversiones generaría un crecimiento importante en las oportunidades de empleo y una transferencia intensiva de tecnologías del conocimiento, así como también el incentivo necesario para la creación de enlaces industriales -clústeres- que permitan el encadenamiento de estas inversiones con el engranaje productivo nacional, como han sido concebidos en el Decreto 465-08, promulgado por la Presidencia de la República.
Otras medidas que afectan el comercio:
Además de los programas de promoción de las exportaciones, la República Dominicana mantiene diversos planes de incentivos. En 2007 introdujo nuevos incentivos fiscales para promover la competitividad de la industrial y equipararlo con los incentivos otorgados bajo los régimen de fomento de las exportaciones. Además existen otros programas de asistencia a la pequeña y medianas empresas, a la innovación tecnológica y al desarrollo regional, que consisten esencialmente en incentivos fiscales, financiamientos a tasas preferenciales, asistencia técnica y apoyo a la investigación.
En 2007 se aprobó la Ley General de defensa de la Competencia, la cual es un paso importante para promover la eficiencia del mercado dominicano, dado su elevado nivel de concentración. La República Dominicana mantiene controles de precios sobre energía eléctrica y ciertos productos agrícolas; los precios de los hidrocarburos se establecen en base a un formula y varía según las fluctuaciones del mercado internacional.
La República Dominicana no es signataria del .Acuerdo sobre Contratación Púbica de la OMC. En 2006 adopto una nueva ley que rige la mayor parte de los procedimientos de contratación pública de bienes, obras, servicios y concesiones del Estado. La ley no discrimina entre productos, servicios o proveedores en función de la nacionalidad, pero solo permite la participación de los extranjeros en la contratación de obras públicas mediante asociación con productores locales.
Desde 2002 la República Dominicana ha adoptado nuevas leyes para mejorar la proyección y la observancia de los derechos de propiedad intelectual. En algunos casos la legislación interna va más allá de las prescripciones de establecida por el Acuerdo sobre los ADPIC. Se permiten las importaciones paralelas en materia de patentes y marcas, pero no en materia de derechos de autores.
2.4 Ejes de las Reformas Económicas
Macroeconómico se propugna por una disciplina fiscal en tanto los desbalances presupuestarios constituyen la fuente de los desequilibrios macroeconómicos expresados en procesos inflacionarios, déficit de balanza de pagos y fuga de capitales. Al mismo tiempo, se aboga por una drástica reducción del gasto público (eliminación de los subsidios) y una reforma fiscal que descanse en impuestos indirectos. Las tasas de intereses serán de mercado y reales positivas. El tipo de cambio es de mercado.
Política comercial: se sostiene que el equilibrio de la balanza de pagos debe lograrse por medio de la expansión de las exportaciones en lugar de la sustitución de importaciones. La liberalización de las importaciones constituye un elemento esencial en una política económica orientada hacia el sector externo (orientación hacia afuera). Se requiere un tipo de cambio competitivo. Cualquier otra acción para proteger a la balanza de pagos o a la industria nacional es una distorsión que empobrece al país.
Inversión Extranjera Directa. (IED): se pretende la liberalización de los mercados de capitales y se le considera la fuente para aportar capital necesario para el desarrollo así como de la capacitación y nuevas tecnologías.
Privatizaciones: se basa en el argumento de eliminar potenciales déficit fiscales, y de la mayor eficiencia del sector privado.
Desregulación: para promover la competencia, la liberalización de los mercados y eliminar la corrupción.
3. REFORMAS ECONÓMICAS EN EL CONTEXTO DE LA POLÍTICA COMERCIAL
3.1 Reformas arancelarias:
En 1990 el gobierno inició la reforma arancelaria, mediante dos decretos presidenciales, los cuales, con pocas modificaciones, fueron convertidos en Ley en 1993. El nuevo Arancel de Aduanas, implicó una drástica reforma al régimen de importaciones, derogando una complicada amalgama de restricciones arancelarias y no arancelarias las importaciones, y la reemplazó por un instrumento arancelario mucho más simple y transparente. Este consistía en una estructura de aranceles ad-valorem cuya tasa máxima era 35% y la mínima era de 3%, con tasas intermedias de 5%, 10%, 15%, 20%, 25% y 30%.
Esta reforma redujo considerablemente el arancel promedio en la economía y los niveles de dispersión arancelaria, así como los niveles medios de protección nominal y efectiva. Sin embargo, la reforma mantuvo relativamente altos niveles de protección efectiva a un importante número de ramas manufactureras, conservando el carácter esencialmente progresivo donde las tasas arancelarias crecen con el nivel de terminación de los productos (OMC, 1996).
En el año 2001, el Congreso aprobó una nueva reforma arancelaria. La nueva estructura de aranceles consta de 8 tasas arancelarias, 0%, 3%, 8%, 14%, 15%, 20%, 25% y 40%. Aunque la tasa máxima se elevó, la nueva reforma implicó una profundización del proceso de apertura comercial. El arancel promedio bajó desde 17.8% en 1995 hasta aproximadamente 9% en el 2002. Al mismo tiempo, este nuevo arancel preservó la progresividad del sistema arancelario (OMC, 2002).
3.2 Ley de zonas francas:
Aunque el sector de zonas francas venía expandiéndose desde mediados de los ochenta especialmente como resultado de las provisiones de comercio preferencial a textiles otorgadas por los Estados Unidos, y por el nivel de competitividad salarial alcanzado por el país, no es sino hasta 1990 cuando el Estado dominicano se dota de una ley integral (Ley 8-90) de zonas francas de exportación. En esencia, la Ley 8-90 otorga incentivos básicos por 15 años, renovable, y consisten en: exención total de impuestos a las ganancias corporativas, a los impuestos a la propiedad y transferencia de bienes inmuebles, de impuestos municipales, al capital, a las exportaciones, a las patentes, a las ventas y otros, y exención total de impuestos a la importación de insumos, maquinaria y equipo.
3.3 La reforma fiscal de 1992:
En 1992 el Congreso Nacional aprobó una reforma al régimen tributario que procuraba recuperar la caída en los ingresos fiscales, hacer el sistema más transparente, reducir su regresividad, mejorar la eficiencia recaudadora, y reducir la evasión fiscal. La Ley 11-92:
a) amplió la base de tributación en general, especialmente la del ITBIS;
b) elevó el ITBIS del 6% al 8%;
c) redujo la tasa máxima del impuesto sobre la renta desde 71% hasta 25%, y se redujo el tramo de ingresos exento;
d) eliminó los incentivos fiscales a las empresas excepto los de zonas francas;
e) eliminó más de 100 tipos de impuestos (CEPAL-PUCMM, 2002);
f) introdujo un impuesto al consumo a un selecto grupo de productos;
g) introdujo un régimen de retención,
h) redujo las exoneraciones, y
i) redujo la discrecionalidad administrativa, y simplificó las regulaciones y procedimientos tributarios (CEPAL-PUCMM, 2002).
3.4 Reforma laboral:
En 1992 se promulgó un nuevo Código Laboral el cual modernizó la legislación al proteger la formación y operación de sindicatos, activar los tribunales laborales, y fortalecer la protección a los trabajadores, especialmente en relación al desahucio en casos de embarazo, suspensión por fuero sindical, desahucio en período de vacaciones, y otros.
3.5 La nueva Ley de Inversión Extranjera:
En 1995, la República Dominicana adoptó una nueva ley de inversión extranjera que liberalizó el régimen de inversiones en el país otorgando tratamiento de nación más favorecida, trato nacional y pleno acceso al mercado a los inversionistas extranjeros. La Ley 16-95 otorga derechos similares a inversionistas locales y extranjeros, a la vez que asegura la libertad de realizar transacciones financieras internacionales, derecho a repatriación de la totalidad del capital invertido y los dividendos, y plena convertibilidad de la moneda nacional, sin necesidad de obtener autorización previa por parte de las autoridades cambiarias.
3.6 Ley de Telecomunicaciones:
En 1998 entró en vigencia la Ley General de Telecomunicaciones 153-98. Esta ley garantizó el libre acceso al mercado y trato nacional a cualquier proveedor extranjero de servicios de telecomunicaciones, el libre acceso a las redes y servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones de transparencia y competencia (obligatoriedad de la interconexión y libertad de negociación para la interconexión) bajo el principio de la libertad de prestación de servicios y libertad tarifaria, y prohibió la aplicación de condiciones desiguales para servicios equivalentes que creen situaciones desventajosas para terceros.
3.7 Ley de Mercado de Valores:
La República Dominicana se dotó por primera vez de una ley de mercado de valores en el año 2000. La Ley 19-00 creó un marco regulatorio para el comercio de valores, específicamente la oferta pública de valores, tanto en moneda nacional como extranjera, los emisores de valores, las bolsas de productos, los participantes en el mercado de valores y, en general, toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, que participe en el mercado de valores. Además la ley apertura el mercado al permitir que entidades extranjeras realicen ofertas públicas en el país, y ofrece trato nacional a los participantes en el mercado de valores.
3.8 Leyes sobre Propiedad Intelectual:
En el año 2000 la República Dominicana promulgó dos leyes que conforman el régimen de protección a los derechos de propiedad intelectual: la Ley 65-00 sobre Derechos de Autor, y la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial. Ambas leyes refrendan plenamente los Acuerdos sobre Aspectos de los Derechos Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) del GATT, y sancionan el uso no autorizado de producciones artísticas, y científicas, y de marcas, nombres y otros, independientemente de la nacionalidad o residencia de los actores envueltos. Específicamente, estas leyes:
a) otorgan derechos de propiedad, y por lo tanto de usufructo comercial, a autores de producciones de dominio literario o artístico, o expresión literaria o artística, y del dominio científico susceptible de divulgarse, fijarse o reproducirse por cualquier medio; y
b) regulan los derechos de propiedad intelectual y uso de invenciones y derechos de patente de invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y derechos de marcas y marcas colectivas, nombres comerciales, rótulos, emblemas y lemas comerciales.
Además, las nuevas leyes relacionadas con los derechos de propiedad intelectual e otorgan protección de derecho de autor sólo por el acto de la creación (el registro no es mandatario), otorgan derechos morales inalienables a los autores, consideran sanciones penales para los infractores, e incluso medidas de frontera para impedir la importaciones de mercancías que se sospecha infringen leyes de propiedad intelectual.
3.9 Ley sobre Prácticas Desleales al Comercio:
En el 2002, la República Dominicana se dotó de su primera legislación en materia de prácticas comerciales desleales, la cual complementa y profundiza los acuerdos multilaterales suscritos por el país en esa materia. La Ley 01-02 sobre Prácticas Desleales al Comercio y Medidas de Salvaguardia reglamenta la imposición de derechos compensatorios a las importaciones objeto de dumping o subsidios que se entiendan causan daño a una rama de producción nacional, y norma la aplicación de medidas de salvaguarda para proteger alguna rama de producción nacional. Dicha ley establece que los derechos compensatorios deben ser de una cuantía similar al dumping o al subsidio, y su duración máxima sería de 4 años, extensibles por otro período similar (Espinal e Isa, 2002).
3.10 Ley Monetaria y Financiera:
También en el 2002, el Congreso Nacional aprobó una nueva Ley Monetaria y Financiera (Ley 183-02) que reemplaza el viejo Código Monetario. La relevancia de esta ley en materia de reestructuración, reinserción internacional, rol del Estado y desempeño de largo plazo es en dos sentidos. Primero, la Ley establece que el objetivo de la regulación del sistema monetario es `mantener la estabilidad de precios, la cual es base indispensable para el desarrollo económico nacional`. De esta manera, se desvincula la política monetaria del objetivo explícito de crecimiento, y se la circunscribe al objetivo de la estabilidad. El resultado sería el abandono del arsenal de instrumentos monetarios para coadyuvar al crecimiento de la inversión y el empleo. Segundo, junto con la Ley de Inversión Extranjera, la nueva regulación monetaria y financiera garantiza la libre movilidad transfronteriza de recursos, al definir al régimen cambiario como uno de libre convertibilidad, al garantizar plenas libertades en la realización de transacciones en moneda extranjera y en la definición de los términos de las transacciones, y al prohibir a las autoridades monetarias intervenir en los términos de dichas operaciones.
3.11 Ley de Seguridad Social:
El 9 de mayo del 2001 fue promulgada la ley 87-01 que crea el nuevo Sistema Dominicana de Seguridad Social abarcando las áreas de pensiones, salud y riesgos laborales. El nuevo sistema es obligatorio para toda la población dominicana que deberá afiliarse de acuerdo en uno de tres regimenes: contributivo, subsidiado y contributivo-subsidiado. La pertenencia a unos de estos regímenes dependerá de la capacidad contributiva de la población. En el contributivo entrarán los trabajadores asalariados y sus empleadores quienes cotizarán un total del 21.2% de su salario. Al régimen subsidiado entrará la población pobre y desempleada el cual será financiado por el Estado y al contributivo-subsidiado entrarán los trabajadores independientes quienes recibirán un subsidio parcial del Estado.
En pensiones, la nueva seguridad social instaura el sistema de capitalización individual o cuentas de ahorros, de manera tal que las cotizaciones de los trabajadores y empleadores serán propiedad de los cotizantes y serán manejadas por Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). En la actualidad existen 9 AFP, una de ellas pública y el resto de propiedad privada. Se estima que a la fecha se han inscrito a las AFP alrededor de 800 mil trabajadores que a partir de junio de este año comenzarán a cotizar el 7% de su salario para incrementarse en un 10% en los próximos 5 años.
En salud, la población recibirá un paquete de servicios de salud o plan básico de salud cuyo costo per cápita ha sido estimado en alrededor de 120 dólares anuales y que estarán manejadas por las administradoras de Riesgos de Salud o ARS. La población afiliada a los regímenes contributivo-subsidiado y subsidiado tendrá que afiliarse a la ARS pública y al Seguro Nacional de Salud. La población del régimen contributivo cotizará en salud un 9% el primer año para luego alcanzar el 10% en el tercer año.
A dos años de promulgada la ley, la implementación ha encontrado serios escollos y no se ha cumplido con el cronograma establecido por la propia ley. En Noviembre del 2002 debió iniciarse el componente del seguro familiar de salud y en febrero del 2003 el componente del seguro de vejez. El primero iniciará en septiembre del 2003 y el segundo en junio del 2003 en el régimen contributivo. Uno de los principales problemas ha sido la lentitud con que se ha instalado el sistema único de recaudo e información dependencia de la Tesorería de la Seguridad Social y la falta de consenso para la aprobación de una serie de reglamentos tal como está consignado en la ley. El área de la salud ha sido la más perjudicada al respecto. Se estima que en el primer año de ejecución, el Estado tendrá que erogar recursos adicionales por el monto del 0.8% al 1.2% del PIB para aumentar hasta un 1.6-2.0% del PIB en los próximos 5 años. Actualmente el gobierno ya ha absorbido las pensiones del IDSS que alcanzan alrededor de 80 millones mensuales, ya empezó a cotizar por primera vez a la seguridad social que en el primer año es el 5.02% de gran parte de la nómina oficial.
3.12 Ley sobre Turismo:
Aunque la ley 153-71 se constituyó en la piedra angular del desarrollo inicial del sector turístico pues otorgó amplios incentivos fiscales a la inversión y reinversión de utilidades, exención total de derechos de importación, y facilidades de financiamiento, las reformas arancelarias y fiscales de los noventa derogaron la mayor parte de estos incentivos.
En el 2001, una nueva ley de incentivo turístico fue aprobada. La nueva Ley 158-01 reintrodujo nuevos beneficios fiscales al sector, específicamente exenciones del impuesto sobre la renta y una deducción del 50 por ciento de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a las empresas que inviertan en el sector en las regiones estipuladas.
3.13 Ley de Fomento a las Exportaciones:
En 1999 se aprobó la Ley 84-99 de Reactivación y Fomento a las Exportaciones, y su reglamento de aplicación. Esta ley constituye el marco legal que ampara las operaciones de empresas de exportación fuera de las zonas francas, las cuales no contaban con una estructura de incentivos desde que la reforma arancelaria del 1990 derogó la Ley 69 de Promoción de Exportaciones. Bajo este nuevo régimen de exportación, las empresas exportadoras fuera de las zonas francas pueden sujetarse a alguno de tres tipos de regímenes de promoción de exportaciones, los cuales contemplan formas de compensación al pago de impuestos de importación o internos como el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) aplicados sobre la importación de insumos utilizados en la producción de bienes destinados a la exportación. Estos regímenes son:
a) reintegro de derechos;
b) compensación simplificada de gravámenes aduaneros; y
c) admisión temporal para perfeccionamiento activo.
El primer régimen contempla la devolución del ITBIS y otros gravámenes a las transacciones de insumos, a solicitud de la parte interesada. El segundo contempla la emisión de un bono deducible del Impuesto Sobre la Renta equivalente al 3% del valor F.O.B. de la exportación.
Por su parte, las reformas asociadas a los nuevos aspectos relacionados con el comercio son la Ley de Inversión Extranjera, las leyes sobre Derechos de Propiedad Intelectual, la ley sobre prácticas desleales de comercio, y la ley de telecomunicaciones. Cabe señalar que estas cuatro reformas estuvieron vinculadas a los compromisos multilaterales.
4. IMPACTO POLÍTICA COMERCIAL
4.1 Sector Agropecuario:
El sector agropecuario no ha sido liberado con la misma rapidez y profundidad que el resto de la economía. Esta situación está asociada a la existencia de un tercer instrumento de política arancelaria negociado en el marco de la OMC y conocido como Rectificación Técnica. Mediante este instrumento se establece un régimen de arancel-cuota para la importación de ocho productos agropecuarios de gran importancia para la agricultura dominicana (arroz, leche, cebolla, ajo, maíz, azúcar, habichuelas y carne de pollo). El arancel base aplicado dentro de la cuota se mantiene conforme al arancel vigente previo a la reforma arancelaria del 2001. Sin embargo, fuera de la cuota, este gravamen es bastante variable oscilando entre 43.4 % y 105.3 %. Las cuotas base de importación de los productos de la Rectificación Técnica fijadas en 1998 han vendido aumentando a medida que transcurren los años, teniendo como tope el año 2005.
Algunos de los productos agropecuarios tardaran entre 10 y 20 años en el proceso de desgravación y desprotección, por lo cual el impacto de la liberalización de los mercados de los productos protegidos no se ha hecho sentir en aquellos productos considerados como sensibles.
Las entradas de productos agropecuarios e industriales al mercado dominicanos provenientes de los países con los cuales se han suscrito TLC ha sido ha sido en mayor volumen y valor que el ingreso de productos dominicanos a esos países. Esta situación se refleja en que las importaciones totales han crecido con mayor rapidez que las exportaciones, mientras que las importaciones se incrementaron en 73.1% del 2002 al 2010, las exportaciones se incrementaron solo en 27.7% en el mismo, incrementándose de esta forma el déficit de la balanza comercial.
4.2 Sector Agroindustrial e industrial:
Las exportaciones dominicanas industriales y agroindustriales se destinaron principalmente al mercado de los EEUU entre 2005 y 2009. Sin embargo en este mismo período se registra una tendencia a la baja de las exportaciones hacia ese país y, en cambio, los países no pertenecientes al DR-CAFTA muestran una participación mayor de las exportaciones dominicanas. En el 2005 EEUU concentró o compró el 78.7% de las exportaciones dominicanas, bajando a 72.3% y 60.7% en el 2006 y 2007, respectivamente. Por su parte, la demanda de nuestras exportaciones por parte de los países centroamericanos no alcanza el 1%, durante este mismo período.
La reducción de la participación de los EEUU en las exportaciones dominicanas fue capturada por los países fuera del DR-CAFTA. La participación de tales economías en el total exportado por RD pasa de 20.5% en 2005 a 38% en el 2009, lo que significa una diferencia de 17.5 puntos porcentuales. Es decir, que las exportaciones dominicanas, a pesar de los incentivos que supone el DR-CAFTA, no fueron demandadas por los países centroamericanos y perdieron fuerza en su mercado principal (EEUU).
Cabe destacar que las exportaciones dominicanas, dentro del DR-CAFTA siguen, en términos generales, un comportamiento similar a la demanda de importaciones de los EEUU respecto a los bienes dominicanos. Lógicamente, este hecho se explica por la preponderancia de este país como principal mercado de destino de las exportaciones nacionales. En el caso de los países no pertenecientes al DR-CAFTA, los países que exhiben mayor demanda por los bienes dominicanos son Corea del Sur, Haití, Holanda y Bélgica, seguidos por el Reino Unido, España, China Popular y Japón (Tabla III.6), que muestran un incremento modesto pero ascendente dentro de los destinos comerciales dominicanos.
El destino fundamental de las exportaciones dominicanas de bienes de capital, de consumo y materias primas sigue siendo Estados Unidos, sin embargo la participación porcentual del total de estos bienes exportados a los EEUU se ha reducido durante 2005-2007, especialmente en el último año. Las exportaciones de bienes de capital se redujeron en un 3.1% en 2007 respecto al 2005. En cambio, los bienes de consumo, se redujeron en 8.5% para el mismo período. Las materias primas destinadas a los EEUU resultaron ser los bienes que mayor reducción sufrieron en ese período, al pasar de 44.1% en el 2005 a 28.4% en el 2007, es decir una merma equivalente a 15.7%.
Los sectores de la economía que mayor actividad importadora registran son la agroindustria, la manufactura y en menor medida la minería. En cada uno de estos casos las importaciones promedio de cada uno de esos sectores se reduce en el marco del DR-CAFTA, excepto para la minería. Por consiguiente la participación en las importaciones dominicanas de los países no agrupados en el DR-CAFTA aumentó en el 2005-2007 en estos sectores. La estructura de las importaciones dominicanas corresponde, en promedio, a 16% de bienes de capital, 42% de bienes de consumo y un 37% se importan de materias primas. De manera que cuando mejora el ingreso y el producto de RD, las importaciones tienden indefectiblemente a crecer.
Dentro de la manufactura, las actividades que demandan más importaciones dentro del acuerdo DR-CAFTA son los productos textiles, productos de molinería, sustancias y productos químicos, otros productos manufactureros, caucho y plástico y refinación de petróleo. Cada una de ellas mantiene importaciones que superan el 50% en cada una de sus sub-ramas. Dentro de este mismo sector los que menos demandan portaciones de los miembros del DR-CAFTA son otros productos alimenticios, otros minerales no metálicos, azúcar, bebidas y productos del tabaco y artículos de cuero y calzados. Estos importan en promedio alrededor del 30%; ahora bien, estos sectores importan dentro de cada sub-sector, más del 50% en países que no pertenecen al DR-CAFTA.


Evolución de las exportaciones de RD entre 2002 y 2010
Exportaciones de RD Millones US$ Incremento Porcentual
2002 2010
Exportaciones Totales 5,164.90 6,598.40 27.8%
Exportaciones Zonas Francas 4,317.26 4,080.10 -5.5%
Exportaciones Nacionales 847.65 2,518.30 197.1%
Azúcar otros derivados de la caña 99.20 177.65 79.1%
Café y su Manufactura 12.80 10.36 -19.1%
Cacao y su manufactura 66.98 187.00 179.2%
Tabaco y su Manufactura 25.50 12.50 -0.51
Minerales 156.20
Productos Menores 216.80 1,710.00 688.7%

Evolución de las importaciones entre 2002 y 2010
Importaciones de RD MILLONES US$ Incremento Porcentual
2002 2010
Importaciones Totales 6,237.30 12,885.20 106.6%
Bienes de Consumo 3,107.60 6,640.78 113.7%
Materias Primas 1,863.90 4,054.27 117.5%
Bienes de Capital 1,265.80 2,190.15 73.0%

BALANZA COMERCIAL Y DE SERVICIOS ENTRE 2002 Y 2010
BALANZA COMERCIAL MILLONES US$
2002 2010
Exportaciones Totales 5,164.90 6,598.40
Importaciones Totales 6,237.30 12,885.20
Saldo Comercial -1,072.40 -6,286.80
BALANZA DE SERVICIOS
Ingresos por Servicios 3,070.7 5,073.0
Egresos por Servicios 1,313.4 2,137.1
Saldo de Servicios 1,757.3 2,935.9
5. PRINCIPALES DEBILIDADES DE LA POLÍTICA COMERCIAL EN RD
Ausencia de formulación de una política comercial (PC) en el país
El mecanismo de ejecución de la PC está disperso, Cancillería por un lado, Industria y Comercio por otro lado y Economía y Desarrollo por otro.
Falta de definición en materia de coordinación de la PC y de roles
Falta de institucionalidad del sector público y privado en la coordinación de la política comercial
Falta de un mecanismo capacitado para orquestar flujo de información
La comunicación es poco fluida.
Las informaciones no llegan oportunamente: Se reciben con poco tiempo para analizarlas, llegan con carácter de urgencia
Escasa retroalimencion
Una agenda pasiva de RD en el proceso de negociaciones internacionales
El sector privado ha participado en proceso de negociación sin previamente realizar los estudios necesarios de mercado y de costo
Falta de articulación del mecanismo de integración de las posiciones de los diferentes sectores.
El CENI se percibe como representante del CONEP y de la Cámara de Comercio de Santo Domingo, no de todo el sector privado.
Incoherencia y duplicidad de áreas, varios organismos públicos hacen lo mismo o tiene las mismas funciones.