martes, 7 de agosto de 2012

RESPETO A LA AUTONOMIA MONETARIA

El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas  el proyecto de Ley de Regulación  Salarial del Estado, que establece que el Presidente de la República devengará un salario mensual de RD$450 mil, mientras que los  presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados, de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional percibirán RD$400 mil, al igual que el Vicepresidente. Se destaca el nivel salarial de los más altos funcionarios públicos como si eso fuera los más importante e impactante en el problema de los salarios en el sector público.

El hecho de que la aprobación dicho proyecto de Ley establece que al Banco Central no le será aplicable la regulación salarial en lo inmediato, sino que será a partir de los dos años de su promulgación es desconocer la autonomía de la institución monetaria, la cual está establecida constitucionalmente. En su Artículo 225 la Constitución de la República establece: “El Banco Central de la República es una entidad de Derecho Público con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía funcional, presupuestaria y administrativa”. Una ley que instituya dentro del plazo que fuere reglamentar algunos de los procesos del Banco Central regulados por la Constitución y la Ley Monetaria y Financiera, no encuadra en el marco constitucional de la República Dominicana.

Para que el proyecto de Regulación Salarial del Estado pueda ser aplicable al Banco Central, se tendría primero que modificar la Constitución de la República en lo que respecta a la autonomía funcional, presupuestaria y administrativa. Mientras tanto, este proyecto de Ley intenta desconocer la autonomía monetaria en el país, sometiendo a las instituciones de la Autoridad Monetaria y Financiera a un régimen presupuestario regulado por la Constitución y la Ley Monetaria y Financiera.

La autonomía funcional, presupuestaria y administrativa  es la garante de la autonomía monetaria, la cual faculta al Banco Central de ser la única institución emisora de los billetes y monedas en el país y el responsable de mantener la estabilidad de precios.  La misión de los bancos centrales en el mundo de mantener la estabilidad de precios no tiene precio y no debe estar regulada ni condicionada por otro estatuto legal que no sea la Constitución de la República y la Ley Monetaria y Financiera.

Las instituciones de la Autoridad Monetaria, Banco Central y Superintendencia de Bancos,  están obligada a contratar a su personal mediante reglas que permitan adquirir y mantener técnicos del más alto nivel como exige el sector financiero, tal y como lo establece La Ley Monetaria y Financiera, para garantizar que el modelo de regulación y supervisión sea congruente con las recomendaciones de los organismos internacionales en la materia, como el Comité de Supervisión Bancaria del Banco Internacional de Pagos de Basilea. Cualquier otra cosa fuera de este marco  es invento y debe ser rechazado.

SI es vergonzoso que en la República Dominicana existan funcionarios que perciban sueldos superiores al  del Presidente de Estados Unidos, es más vergonzoso, inhumano y preocupante que el salario mínimo no alcance ni para el 20% del costo promedio de la canasta familiar. El problema no está los altos salarios de los funcionarios, está en los bajos salarios de la mayoría de los empleados públicos. Cuando se ignora donde está el problema, se harán promociones pero no se están propiciando soluciones.

Lo primero es reajustar el salario mínimo del empleado público en  función del costo promedio de la canasta familiar, estableciendo un salario mínimo decente  y a partir de ahí vendrían las escalas salariales y reglamentaciones  para el sector público que la Constitución no le otorga autonomía presupuestaria. Hay que enfrentar el desorden salarial en el sector público respetando el marco constitucional, la autonomía presupuestaria de las instituciones de la Autoridad Monetaria y Financiera, así como respetando el mejoramiento de la situación salarial de los empleados y funcionarios públicos logrados en algunas instituciones del Estado.
No se hace justicia  desmejorando lo que ha mejorado, sino mejorando lo que está desmejorado.

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